Licitación conjunta. De la aprobación de las normas para la celebración de licitaciones y subastas conjuntas Determinación del organizador de las licitaciones conjuntas


De conformidad con la Ley Federal "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales", el Gobierno de la Federación Rusa decide:

1. Aprobar las licitaciones y subastas conjuntas adjuntas.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 27 de octubre de 2006 No. 631 "Sobre la aprobación de las Regulaciones sobre la interacción de clientes estatales y municipales, organismos autorizados para llevar a cabo las funciones de realizar pedidos para clientes estatales o municipales, al realizar conjuntamente licitación" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2006 , No. 44, artículo 4602);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de octubre de 2007 No. 647 "Sobre las modificaciones a las Regulaciones sobre la interacción de clientes estatales y municipales, organismos autorizados para ejercer las funciones de realizar pedidos para clientes estatales o municipales en licitación conjunta" ( Colección de Legislación de la Federación Rusa, 2007, No. 42, ítem 5048).

3. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2014, con excepción de las Reglas para la Realización de Licitaciones y Subastas Conjuntas aprobadas por esta Resolución, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2015.

Normas
celebración de concursos y subastas conjuntas
(aprobado por el Gobierno de la Federación Rusa el 28 de noviembre de 2013 No. 1088)

1. Estas Reglas establecen el procedimiento para la celebración de concursos y subastas conjuntas.

2. Si 2 o más clientes tienen necesidad de los mismos bienes, obras, servicios, dichos clientes tienen derecho a realizar licitaciones o subastas conjuntas.

3. Para realizar una licitación o subasta conjunta, los clientes celebran un acuerdo entre ellos sobre la realización de una licitación o subasta conjunta (en lo sucesivo, el acuerdo) antes de la aprobación de la documentación de la licitación o de la subasta (en lo sucesivo, la documentación ). El acuerdo contiene la información especificada en la Parte 2 del Artículo 25 de la Ley Federal "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales" (en adelante, la Ley Federal).

4. Después de firmar el acuerdo, los clientes ingresan en el cronograma información sobre el nombre del organizador de la licitación o subasta conjunta (en adelante, el organizador).

5. La organización y desarrollo de un concurso o subasta conjunta será realizada por el organizador, a quien otros clientes hayan cedido, en virtud de un acuerdo, parte de sus facultades para organizar y realizar dicho concurso o subasta. La licitación o subasta conjunta se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento establecido por la Ley Federal en materia de licitaciones o subastas.

6. A los efectos de la celebración de un concurso o subasta conjunta, el organizador:

a) aprueba la composición de la comisión de adquisiciones, que incluye representantes de las partes del contrato en proporción al volumen de compras realizado por cada cliente, en el volumen total de compras, a menos que el contrato disponga lo contrario;

b) publicar un aviso de contratación en el sistema de información unificado en materia de contratación o enviar una invitación para participar en una licitación cerrada o subasta, así como desarrollar y aprobar la documentación preparada de conformidad con la Ley Federal. El precio inicial (máximo) indicado en dicha notificación, invitación y documentación para cada lote se determina como la suma de los precios iniciales (máximos) del contrato de cada cliente, mientras que la justificación de dicho precio contiene la justificación del precio inicial (máximo) precios de contrato de cada cliente;

c) proporcionar documentación a los interesados;

d) proporciona explicaciones de las disposiciones de la documentación;

e) si es necesario, realiza cambios en el aviso de contratación y (o) documentación;

f) lleva a cabo la colocación en el sistema de información unificado en el campo de la adquisición de información y documentos, cuya colocación está prevista por la Ley Federal al determinar el proveedor (contratista, ejecutante);

g) enviar copias de los protocolos elaborados en el curso de una licitación conjunta o subasta a cada parte del acuerdo a más tardar el día siguiente al de la firma de dichos protocolos, así como al órgano ejecutivo federal autorizado en los casos establecidos por la Ley Federal;

h) ejercer las demás facultades que le sean atribuidas por convenio.

7. Las partes del acuerdo sufragarán los costes de celebración de una licitación o subasta conjunta en proporción a la parte del precio inicial (máximo) del contrato de cada cliente en el importe total de los precios iniciales (máximos) de los contratos para la celebración de los cuales se celebre una licitación o subasta conjunta.

8. El contrato con el ganador de una licitación o subasta conjunta lo celebra cada cliente de forma independiente.

9. Si una oferta o subasta conjunta es declarada nula en los casos establecidos por la Ley Federal, la decisión de celebrar un contrato con un solo proveedor (contratista, ejecutante) y la aprobación de tal decisión se lleva a cabo por los clientes de forma independiente en conformidad con la Ley Federal.

Descripción general del documento

En cumplimiento de la nueva Ley del régimen de contratación en materia de contratación de bienes, obras, servicios para necesidades estatales y municipales, se ha establecido un procedimiento para la celebración de licitaciones y subastas conjuntas.

Si 2 o más clientes tienen necesidad de los mismos bienes, obras, servicios, tienen derecho a realizar licitaciones o subastas conjuntas.

Para hacer esto, los clientes celebran un acuerdo especial entre ellos. Esto debe hacerse antes de la aprobación de la documentación de la licitación o subasta.

Después de firmar el acuerdo, los clientes ingresan en el cronograma información sobre el nombre del organizador de la licitación o subasta conjunta.

Se detallan los poderes del organizador designado. Así, aprueba la composición de la comisión de contratación. Proporciona documentación a las partes interesadas y explica sus disposiciones. Lugares en el sistema de información unificado en el campo de la información de contratación y los documentos necesarios para determinar el proveedor (contratista, ejecutante).

Las partes del acuerdo correrán con los costos de realizar una licitación o subasta conjunta en proporción a la participación del precio inicial (máximo) del contrato de cada cliente en el precio total.

El contrato con el ganador de una licitación o subasta conjunta lo celebra cada cliente de forma independiente.

Si una oferta o subasta conjunta se declara inválida, la decisión de celebrar un contrato con un solo proveedor (contratista, artista) la toman los propios clientes.

Se declaró nula la disposición anterior sobre la celebración de subastas conjuntas.

El Decreto entra en vigor el 1 de enero de 2014, con excepción del requisito de incluir información sobre el nombre del organizador en el cronograma. Se aplica desde el 1 de enero de 2015.

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

De la aprobación de las Reglas para la celebración de concursos y subastas conjuntas


Documento modificado por:
(Portal oficial de Internet de información legal www.pravo.gov.ru, 16/06/2014).
____________________________________________________________________

De conformidad con la Ley Federal "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales" El Gobierno de la Federación Rusa

decide:

1. Aprobar las Normas adjuntas para la celebración de concursos y subastas conjuntas.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 27 de octubre de 2006 N 631 "Sobre la aprobación de las Regulaciones sobre la interacción de clientes estatales y municipales, organismos autorizados para llevar a cabo las funciones de realizar pedidos para clientes estatales o municipales, al realizar ofertas conjuntas " (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2006, N 44, art. 4602);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de octubre de 2007 N 647 "Sobre las modificaciones a las Regulaciones sobre la Interacción de Clientes Estatales y Municipales, Organismos Autorizados para Ejercer las Funciones de Realizar Pedidos para Clientes Estatales o Municipales en Licitación Conjunta" (Colección de Legislación de la Federación Rusa, 2007, N 42, artículo 5048).

3. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2014, con excepción del apartado 4 de las Reglas para la Realización de Licitaciones y Subastas Conjuntas, aprobadas por esta Resolución, que entrará en vigor el 1 de enero de 2015.

Primer ministro
Federación Rusa
D. Medvédev

Normas para la celebración de concursos y subastas conjuntas

APROBADO
Decreto del Gobierno
Federación Rusa
de fecha 28 de noviembre de 2013 N 1088

1. Estas Reglas establecen el procedimiento para la celebración de concursos y subastas conjuntas.

2. Cuando dos o más clientes adquieran los mismos bienes, obras, servicios, dichos clientes tienen derecho a realizar licitaciones o subastas conjuntas.
Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 9 de junio de 2014 N 533.

3. Para organizar y realizar una licitación o subasta conjunta, los clientes, los organismos autorizados, las instituciones autorizadas cuyas competencias respectivas se definen de conformidad con el artículo 26 de la Ley Federal "Sobre el régimen de contratación en materia de adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales" (en adelante, respectivamente, clientes, Ley Federal), celebrar un acuerdo entre ellos sobre la celebración de una licitación o subasta conjunta (en adelante, el acuerdo) antes de la aprobación de la documentación de la licitación o la documentación de la subasta (en adelante, la documentación) . Al mismo tiempo, el organismo autorizado, la institución autorizada, a la que se le ha encomendado la autoridad solo para determinar proveedores (contratistas, artistas intérpretes o ejecutantes), puede actuar como parte del acuerdo solo como organizador de una licitación o subasta conjunta. El Acuerdo contiene la información especificada en la Parte 2 del Artículo 25 de la Ley Federal.
(Párrafo modificado, entró en vigor el 24 de junio de 2014 por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 9 de junio de 2014 N 533.

4. Después de firmar el acuerdo, los clientes ingresan en el cronograma información sobre el nombre del organizador de la licitación o subasta conjunta (en adelante, el organizador).

5. La organización y desarrollo de un concurso o subasta conjunta será realizada por el organizador, a quien otros clientes hayan cedido, en virtud de un acuerdo, parte de sus facultades para organizar y realizar dicho concurso o subasta. La licitación o subasta conjunta se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento establecido por la Ley Federal en materia de licitaciones o subastas.

6. A los efectos de la celebración de un concurso o subasta conjunta, el organizador:

a) aprueba la composición de la comisión de adquisiciones, que incluye representantes de las partes del contrato en proporción al volumen de compras realizado por cada cliente, en el volumen total de compras, a menos que el contrato disponga lo contrario;

b)   elabora y coloca en el sistema unificado de información en materia de adquisiciones un aviso de contratación, desarrolla y envía  una invitación para participar en una licitación cerrada o subasta, y también desarrolla y aprueba la documentación preparada de conformidad con la Ley Federal. El precio inicial (máximo) indicado en dicha notificación, invitación y documentación para cada lote se determina como la suma de los precios iniciales (máximos) del contrato de cada cliente, mientras que la justificación de dicho precio contiene la justificación del precio inicial (máximo) precios de contrato de cada cliente;
(Subpárrafo modificado, puesto en vigor el 24 de junio de 2014 por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 9 de junio de 2014 N 533.

c) proporcionar documentación a los interesados;

d) proporciona explicaciones de las disposiciones de la documentación;

e) si es necesario, realiza cambios en el aviso de contratación y (o) documentación;

f) lleva a cabo la colocación en el sistema de información unificado en el campo de la adquisición de información y documentos, cuya colocación está prevista por la Ley Federal al determinar el proveedor (contratista, ejecutante);

g) enviar copias de los protocolos elaborados en el curso de una licitación conjunta o subasta a cada parte del acuerdo a más tardar el día siguiente al de la firma de dichos protocolos, así como al órgano ejecutivo federal autorizado en los casos establecidos por la Ley Federal;

h) ejercer las demás facultades que le sean atribuidas por convenio.

7. Las partes del acuerdo sufragarán los costes de celebración de una licitación o subasta conjunta en proporción a la parte del precio inicial (máximo) del contrato de cada cliente en el importe total de los precios iniciales (máximos) de los contratos para la celebración de los cuales se celebre una licitación o subasta conjunta.

8. El contrato con el ganador de una licitación o subasta conjunta lo celebra cada cliente de forma independiente.

9. Si una oferta o subasta conjunta es declarada nula en los casos establecidos por la Ley Federal, la decisión de celebrar un contrato con un solo proveedor (contratista, ejecutante) y la aprobación de tal decisión se lleva a cabo por los clientes de forma independiente en conformidad con la Ley Federal.



Revisión del documento, teniendo en cuenta
cambios y adiciones preparados
JSC "Kodeks"

1. Cuando dos o más clientes adquieran los mismos bienes, obras, servicios, dichos clientes tienen derecho a realizar licitaciones o subastas conjuntas. Los derechos, obligaciones y responsabilidades de los clientes en licitaciones o subastas conjuntas están determinados por un acuerdo entre las partes celebrado de conformidad con el Código Civil de la Federación Rusa y esta Ley Federal. El contrato con el ganador o ganadores de un concurso o subasta conjunta se celebra por cada cliente.

2. El organizador de una oferta o subasta conjunta será un organismo autorizado, una institución autorizada si están investidos de facultades de conformidad con el artículo 26 de esta Ley Federal, o uno de los clientes, si otros clientes se transfirieron a dicho organismo autorizado. , institución autorizada o cliente, sobre la base de un acuerdo, parte de sus poderes para organizar y celebrar un concurso o subasta conjunta. Este acuerdo debe contener:

1) información sobre las partes del acuerdo;

(La cláusula 1.1 de la Parte 2 del Artículo 25 de esta Ley Federal entrará en vigor el 1 de enero de 2015.)

1.1) código de identificación de adquisiciones;

3) los precios iniciales (máximos) del contrato de cada cliente y la justificación de dichos precios por parte del cliente respectivo;

4) derechos, deberes y responsabilidades de las partes del acuerdo;

6) el procedimiento y plazo para la formación de una comisión de adquisiciones, las reglas de trabajo de dicha comisión;

10) la duración del contrato;

11) procedimiento para la consideración de disputas;

12) otra información que determine la relación entre las partes del acuerdo durante una licitación o subasta conjunta.

3. El organizador de una licitación o subasta conjunta aprueba la composición de la comisión de contratación, que incluye representantes de las partes en el acuerdo en proporción al volumen de compras realizado por cada cliente, en el volumen total de compras, a menos que se disponga lo contrario por el acuerdo.

4. Las partes del acuerdo sufragarán los costes de celebración de una oferta o subasta conjunta en proporción a la parte del precio inicial (máximo) del contrato de cada cliente en el importe total de los precios iniciales (máximos) de los contratos para la celebración de los cuales se celebre una licitación o subasta conjunta.

5. El Gobierno de la Federación de Rusia establece el procedimiento para la realización de licitaciones y subastas conjuntas.

El 1 de enero de 2014, Ley Federal N° 44-FZ del 5 de abril de 2013 “Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras y servicios para necesidades estatales y municipales” (en adelante, Ley N° 44-FZ) vino a la fuerza. En este sentido, el Gobierno de la Federación Rusa adoptó una serie de resoluciones que se relacionan con las acciones de los clientes al realizar compras bajo la nueva ley. (Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 28 de noviembre de 2013 No. 1088)

Base normativa

De conformidad con la Parte 5 del Artículo 25 de la Ley No. 44-FZ, Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 28 de noviembre de 2013 No. 1088 "Sobre la aprobación de las Reglas para la Realización de Licitaciones y Subastas Conjuntas" (en lo sucesivo, Decreto N° 1088) regula la organización y celebración de concursos y subastas conjuntas.

En relación con la adopción de una nueva resolución, el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de fecha 05.10.07 No. 647 "Sobre las modificaciones a las Regulaciones sobre la Interacción de Clientes Estatales y Municipales, Organismos Autorizados para Realizar las Funciones de Realizar Pedidos para Clientes Estatales o Municipales durante la Licitación Conjunta” quedó sin efecto y con fecha 27 de octubre de 2006 N° 631 “Al aprobarse el Reglamento sobre la interacción de los clientes estatales y municipales, los organismos autorizados para ejercer las funciones de colocación de pedidos de clientes estatales o municipales durante licitación conjunta”.

El Decreto N° 1088 entró en vigor el 1 de enero de 2014, con excepción del numeral 4, que entrará en vigor el 1 de enero de 2015.

Condiciones para la celebración de concursos y subastas conjuntas

De acuerdo con el párrafo 1 del Decreto N° 1088, los clientes tienen derecho a convocar licitaciones y subastas conjuntas si dos o más clientes tienen necesidad de los mismos bienes, obras, servicios. Para ello, deberán celebrar un acuerdo entre ellos sobre la celebración de una licitación o subasta conjunta antes de la aprobación de las bases de licitación o subasta. El acuerdo debe contener la información especificada en la Parte 2 del Artículo 25 de la Ley No. 44 FZ. A saber:

1) información sobre las partes del acuerdo;

2) información sobre el objeto de la contratación y el volumen esperado de contratación, con respecto al cual se realiza una licitación conjunta o una subasta conjunta;

3) el precio inicial (máximo) del contrato o contratos y la justificación de dicho precio;

4) derechos, deberes y responsabilidades de las partes del acuerdo;

5) datos sobre el organizador de dicha licitación o subasta, incluida una lista de poderes transferidos al organizador especificado por las partes del acuerdo;

6) el procedimiento y plazo para la formación de una comisión para la ejecución de la contratación, las normas para el trabajo de dicha comisión;

7) el procedimiento y términos para el desarrollo y aprobación de la documentación de adquisiciones;

8) fechas aproximadas para la realización de una licitación o subasta;

9) el procedimiento para el pago de los gastos relacionados con la organización y celebración de una licitación o subasta conjunta;

10) la duración del contrato;

11) procedimiento para la consideración de controversias emergentes;

12) otra información que determine la relación entre las partes del acuerdo durante la licitación o subasta.

Después de firmar el acuerdo, los clientes ingresan en el cronograma información sobre el nombre del organizador de la licitación o subasta conjunta.

Organización de licitaciones

El organizador es responsable de organizar y celebrar un concurso o subasta conjunta, a la que otros clientes ceden parte de sus poderes en base a un acuerdo.

Para realizar una licitación o subasta conjunta, el organizador debe aprobar la composición de la comisión de adquisiciones, que incluye representantes de las partes del acuerdo en proporción al volumen de compras realizado por cada cliente en el volumen total de compras. Y también colocar un aviso de la compra en el sistema de información unificado en el ámbito de la contratación o enviar una invitación para participar en una licitación o subasta.

Además de las funciones anteriores, el organizador también es responsable de desarrollar y aprobar la documentación preparada de conformidad con la Ley No. 44-FZ, proporcionarla a las partes interesadas, proporcionar aclaraciones sobre las disposiciones de la documentación, modificar el aviso de contratación y ( o) documentación.

Según el inciso “b” del numeral 6 del Decreto N° 1088, el precio inicial (máximo) señalado en el aviso, invitación y documentación de cada lote se determina como la suma de los precios iniciales (máximos) de contratación de cada cliente. Al mismo tiempo, la justificación de dicho precio contiene la justificación de los precios de contrato iniciales (máximos) de cada cliente.

Al determinar un proveedor (contratista o ejecutante), el organizador está obligado a colocar la información y los documentos previstos por la Ley No. 44-FZ en un sistema de información único en el campo de la contratación.

Efectuada una licitación o subasta conjunta, deberá remitir copias de los protocolos a cada una de las partes del convenio a más tardar al día siguiente de la firma de dichos protocolos, así como al órgano ejecutivo federal autorizado en los casos que establezca la Ley. Nº 44-FZ.

Gastos por la celebración de un concurso o subasta

De acuerdo con el párrafo 7 del Decreto N° 1088, las partes del contrato asumen los costos de realizar una licitación o subasta conjunta en proporción a la participación del precio inicial (máximo) del contrato de cada cliente en el monto total del precio inicial (máximo). ) los precios de los contratos, para cuya celebración se realiza una licitación o subasta conjunta. Cada cliente concluye un contrato con el ganador de forma independiente.

Si una oferta o subasta conjunta se declara inválida en los casos establecidos por la Ley No. 44 FZ, entonces la decisión de celebrar un contrato con un solo proveedor (contratista, artista) y la aprobación de dicha decisión la llevan a cabo los clientes de forma independiente. .

NOTA EXPLICATIVA

al proyecto de resolución del Gobierno de la Federación Rusa

"Después de la aprobación de la Ordencelebración de concursos y subastas conjuntas"

Proyecto de Decreto del Gobierno de la Federación Rusa “Sobre la Aprobación del Procedimiento para la Realización de Licitaciones y Subastas Conjuntas » (en adelante, el proyecto de resolución) se desarrolló de conformidad con el párrafo 5 del artículo 25 de la Ley Federal del 5 de abril de 2013 No. 44-FZ "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer estado y necesidades municipales" (en adelante - Ley No. 44-FZ) en cumplimiento del párrafo 31 del plan de acción para la implementación de la Ley, aprobado por orden del Gobierno de la Federación Rusa de fecha 21 de mayo de 2013 No. DM-P13 -3339.

La Ley No. 44-FZ establece que el Gobierno de la Federación de Rusia establece el Procedimiento para la celebración de licitaciones y subastas conjuntas (en adelante, el Procedimiento).

A los efectos de la celebración de una licitación conjunta o subasta conjunta, el Procedimiento establece que se entiende por mismos bienes, obras, servicios, los bienes, obras, servicios que tengan las mismas características (funcionales, técnicas, de calidad, operativas).

Además, el Procedimiento establece que un acuerdo celebrado entre clientes durante una oferta conjunta o una subasta conjunta (en adelante, el acuerdo) es firmado por todas las partes del acuerdo.

El precio inicial (máximo) del contrato o contratos, que se indica en el acuerdo, se determina como la suma de los precios iniciales (máximos) del contrato de cada cliente.

El Procedimiento también define las funciones del organizador de una licitación conjunta o subasta conjunta, incluyendo:

desarrollo y aprobación de documentación de licitación o documentación de subasta electrónica y realización de cambios en la misma;

desarrollo de documentación para la licitación repetida (si es necesario);

el envío de los protocolos correspondientes a cada una de las partes del acuerdo.

Además, el Procedimiento establece que la aprobación de la decisión de celebrar un contrato con un solo proveedor (contratista, ejecutante), en caso de que una oferta conjunta o una subasta conjunta sea declarada nula de conformidad con las partes 1, 7 del artículo 55, partes 1-3 del artículo 71 de la Ley N° 44-FZ realizadas por los propios clientes.

La adopción e implementación del proyecto de resolución presentado no requerirá costos adicionales del presupuesto federal.

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

de "____" _____________ No. ______

Sobre la aprobación de la Orden

De conformidad con el Artículo 25 de la Ley Federal del 5 de abril de 2013 No. 44-FZ "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales" El Gobierno de la Federación Rusa p o s t a n o v l i a t:

1. Aprobar el procedimiento adjunto para la celebración de concursos y subastas conjuntas.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 27 de octubre de 2006 No. 631 "Sobre la aprobación de las Regulaciones sobre la interacción de clientes estatales y municipales, organismos autorizados para llevar a cabo las funciones de realizar pedidos para clientes estatales o municipales, al realizar conjuntamente licitación" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2006 , No. 44, artículo 4602; 2007, No. 42, artículo 5048);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de octubre de 2007 No. 647 "Sobre las modificaciones a las Regulaciones sobre la interacción de clientes estatales y municipales, organismos autorizados para ejercer las funciones de realizar pedidos para clientes estatales o municipales en licitación conjunta" ( Colección de Legislación de la Federación Rusa, 2007, No. 42, ítem 5048).

3. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2014, con excepción del apartado 4 del Procedimiento para la celebración de concursos y subastas conjuntas, que entrará en vigor el 1 de enero de 2015.

APROBADO

Decreto del Gobierno

Federación Rusa

con fecha ____________ No. _________

ORDENAR

celebración de concursos y subastas conjuntas

1. Este Procedimiento define las reglas para la celebración de concursos y subastas conjuntas.

2. Podrá celebrarse una licitación conjunta o una subasta conjunta si dos o más clientes tienen necesidad de los mismos bienes, obras o servicios. A los efectos de la celebración de una licitación conjunta o subasta conjunta, se entiende por mismos bienes, obras, servicios, los bienes, obras, servicios que tienen las mismas características básicas que los caracterizan (características funcionales, técnicas, de calidad y operativas). Al realizar una oferta conjunta o una subasta conjunta, se permite incluir en la composición de un lote bienes, obras, servicios que estén tecnológica y funcionalmente relacionados entre sí.

3. Para realizar una oferta conjunta o una subasta conjunta, los clientes deberán celebrar un acuerdo entre ellos sobre la celebración de una oferta conjunta o una subasta conjunta (en adelante, el acuerdo) antes de la aprobación de la documentación de la licitación o la documentación de la subasta electrónica.

4. Después de la firma del contrato, los clientes ingresan en el cronograma para la contratación de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales o municipales la información pertinente sobre el nombre del organizador de la licitación conjunta o subasta conjunta.

5. El acuerdo especifica:

1) información sobre las partes del acuerdo: el nombre, la ubicación, el TIN, el PSRN y los datos bancarios de los clientes que realizan una oferta conjunta o una subasta conjunta (en lo sucesivo, las partes del acuerdo);

2) información sobre el objeto de la contratación y sobre el volumen previsto de contratación (cantidad de bienes, alcance del trabajo, servicios), con respecto a los cuales se realiza una licitación conjunta o una subasta conjunta;

3) el precio inicial (máximo) del contrato o contratos, que se determina como la suma de los precios iniciales (máximos) del contrato de cada cliente y la justificación de dicho precio, que contiene la justificación de los precios iniciales (máximos) del contrato de cada cliente;

4) los derechos, deberes y responsabilidades de las partes del acuerdo de conformidad con el Código Civil de la Federación Rusa y la Ley Federal "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales ";

5) información sobre el cliente que actúa como organizador de una oferta conjunta o subasta conjunta, incluida una lista de poderes transferidos al organizador especificado por las partes del acuerdo;

6) el procedimiento y el plazo para la formación de una comisión para determinar el proveedor (contratista, ejecutante) (en adelante, la comisión), las reglas de trabajo de dicha comisión;

7) el procedimiento y términos para el desarrollo y aprobación de la documentación de adquisiciones;

8) fechas aproximadas para la realización de una oferta conjunta o subasta conjunta;

9) el procedimiento para el pago de los gastos relacionados con la organización y celebración de una licitación conjunta o subasta conjunta;

10) la duración del contrato;

11) procedimiento para la consideración de disputas;

12) otra información que determine la relación entre las partes del acuerdo durante una oferta conjunta o subasta conjunta.

6. La determinación de un proveedor (contratista, artista) mediante la celebración de una oferta conjunta o una subasta conjunta la lleva a cabo el organizador de una oferta conjunta o una subasta conjunta de la manera prescrita por la legislación de la Federación de Rusia sobre el sistema de contratos en el campo. de adquisiciones.

7. Para determinar el proveedor (contratista, ejecutante), el organizador de licitaciones y subastas conjuntas está obligado:

1) aprobar la composición de la comisión, que incluye representantes de las partes del acuerdo en proporción al volumen de compras realizado por cada cliente, en el volumen total de compras, a menos que el acuerdo disponga lo contrario;

2) desarrollar y aprobar, antes del inicio de la contratación, documentación de licitación o documentación sobre una subasta electrónica para realizar una oferta conjunta o subasta conjunta, que contenga la justificación del precio inicial (máximo) del contrato y, si es necesario, el documentación para la convocatoria de una nueva licitación, de acuerdo con el procedimiento y términos establecidos en el convenio. En la documentación de licitación o documentación en una subasta electrónica, redactada de acuerdo con la legislación de la Federación de Rusia sobre el sistema de contratos en el campo de la contratación, para cada parte del acuerdo, el nombre del cliente, la cantidad de bienes, la cantidad de trabajo, servicios, lugar, condiciones y términos (períodos) de entrega de bienes, ejecución del trabajo, prestación de servicios;

3) proporcionar aclaraciones sobre las disposiciones de la documentación de la licitación o la documentación de la subasta electrónica desarrollada y aprobada en la forma prescrita por el acuerdo;

4) si es necesario, hacer cambios a la documentación de la licitación oa la documentación de la subasta electrónica preparada y aprobada en la forma prescrita por el acuerdo;

5) colocar en el sistema de información unificado la información prevista por la legislación de la Federación Rusa sobre el sistema de contratos en el campo de la contratación en relación con la determinación del proveedor (contratista, ejecutante);

6) enviar copias de los protocolos elaborados en el curso de una oferta conjunta o subasta conjunta a cada parte del acuerdo a más tardar el día siguiente al día de la firma de dichos protocolos;

7) enviar los borradores de contratos elaborados como resultado de una licitación conjunta o subasta conjunta, luego de que sean firmados por el ganador de la licitación o subasta, para la firma de las partes del acuerdo;

8) ejercer otras facultades previstas por el acuerdo.

8. Las partes del acuerdo sufragarán los costes de celebración de una oferta conjunta o una subasta conjunta en proporción a la parte del precio inicial (máximo) del contrato de cada cliente en el importe total de los precios iniciales (máximos) de los contratos para la cuya conclusión se celebre una oferta conjunta o una subasta conjunta.

9. El contrato con el ganador de una oferta conjunta o subasta conjunta se celebra por cada cliente de forma independiente.

10. Si una oferta conjunta o subasta conjunta se declara inválida de conformidad con las partes 1 y 7 del artículo 55, partes 1-3 del artículo 71 de la Ley Federal "Sobre el sistema de contratación en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales", la decisión sobre la celebración de un contrato con un solo proveedor (contratista, artista) y la aprobación de dicha decisión la llevan a cabo los clientes de forma independiente de conformidad con el párrafo 25 de la parte 1 del artículo 93 de la Ley Federal "Sobre el régimen de contratación en materia de contratación de bienes, obras, servicios para satisfacer necesidades estatales y municipales".

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